Las carencias en depuración de aguas residuales en España

La semana pasada ha sido noticia la multa impuesta por Bruselas a España por 12  millones de euros, y 11 millones cada seis meses, por deficiencias en los sistemas de depuración y conducciones de aguas residuales. Deficiencias encontradas concretamente en 17 núcleos de más de 15 000 habitantes.

Ríos contaminados
Ríos contaminados

La Directiva del Consejo de Europa de 21 de mayo de 1991, obliga en su artículo 3 y 4 a que los estados miembros, a más tardar antes del 31 de diciembre del año 2000, para las aglomeraciones de más de 15 000 habitantes equivalentes, a disponer de sistemas de colectores de aguas residuales urbanas, así como de un sistema de tratamiento secundario . Para las poblaciones de entre 2 000 y 15 000 habitantes equivalentes, los requisitos de colectores, el plazo que se disponía era para antes del 31 de diciembre del año 2005. En cuanto a los sistemas de tratamiento secundario, si la población está entre los 10 000 y 15 000 habitantes, debería estar operativo antes del 31 de diciembre de 2005. Si la población está entre 2 000 y  10 000 habitantes, deberia tener su tratamiento secundario operativo, si  vertiese en aguas dulces o estuarios.

España también tiene también cuatro expedientes abiertos por icumplimiento de la citada directiva, en lo referente a cuatro núcleos que vierten en zonas sensibles,  y tres que tienen que ver con los aproximadamente 1 000 núcleos de población que o bien carecen de colectores de aguas residuales, o bien sus  sistemas de depuración no son los adecuados.

Según el informe de la UE, de los estados miembros, solo cumplen la citada directiva Austria, Alemania y Países Bajos. España está por debajo de la media de países de la unión en cuanto a los porcentajes de cumplimiento, tanto en cuanto a la existencia de colectores, en cuanto a tratamiento biológico, también en cuanto a tratamiento secundario, y en cuanto a tratamiento más exigentes en aquellas instalaciones de tratamiento que vierten en zonas sensibles.

Estas aguas residuales no tratadas convenientemente, vierten tanto a nuestros ríos como a nuestras costas, y en todo caso estas aguas residuales insuficientemente tratadas acaban llegando al mar.

Además hay que tener en cuenta que la cantidad de contaminantes que llegan a nuestros mares es mucho mayor, ya que hoy por hoy hay muchos otros contaminantes que no se cotemplan en las normativas vigentes como lo son los denominados contaminantes emergentes. Un ejemplo de estos contaminantes emergentes son los procedentes de los medicamentos que consumimos.

Así pues es muy urgente que este país se tome mucho más en serio la contaminación de nuestros ríos y mares, y para ello es esencial que los vertidos procedentes de las instalaciones de depuración de aguas residuales lo hagan en las condiciones exigidas por la legislación, y además la legislación y las instalaciones se debe adaptar con prontitud a los nuevos contamiantes que vayan surgiendo con la actividad humana.

 

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